Establece que Persona Juzgadora de Ejecucion de Sentencias vela por que sistema penitenciario militar se organice sobre base de trabajo, capacitacion, educacion, salud y reincorporacion a actividades. Adicionado en 2014, reformado en 2025.
Las Personas Juzgadoras de Ejecución de Sentencias, velarán porque el Sistema Penitenciario Militar se organice sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud, el deporte y el adiestramiento militar como medios para mantener a la persona sentenciada apta para su reincorporación a las actividades militares cuando corresponda y su reinserción a la sociedad, aprovechando el tiempo de intercambio para lograr, en lo posible, que una vez liberada, respete la ley y sea capaz de proveer sus necesidades. Artículo adicionado DOF 13-06-2014. Reformado DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave que establece principios de humanidad y reinsercion en ejecucion de penas militares. Reforma 2025 actualizo lenguaje inclusivo. Importante para defensores que cuestionen condiciones de encarcelamiento.
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