CJM

Artículo 67 Bis. Salas unitarias recurso apelacion militar

Las salas unitarias del Tribunal Superior Militar conocen apelaciones contra resoluciones del juez de control: negativa de anticipos de prueba, acuerdos reparatorios, ordenes de aprehension, medidas cautelares, vinculacion a proceso, suspension condicional y exclusion de prueba.

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Texto Legal

Corresponde a las salas unitarias del Tribunal Superior Militar conocer del Recurso de apelación promovido en contra de las resoluciones emitidas por el juez de control en los casos siguientes:

I. Las que nieguen el anticipo de prueba;

II. Las que nieguen la posibilidad de celebrar acuerdos reparatorios o no los ratifiquen;

III. La negativa o cancelación de orden de aprehensión;

IV. La negativa de orden de cateo;

V. Las que se pronuncien sobre las providencias precautorias o medidas cautelares;

VI. Las que pongan término al procedimiento o lo suspendan;

VII. El auto que resuelve la vinculación del imputado a proceso;

VIII. Las que concedan, nieguen o revoquen la suspensión condicional del proceso;

IX. La negativa de abrir el procedimiento abreviado, y

X. Las que excluyan algún medio de prueba.

También conocerá de las resoluciones emitidas por el Tribunal Militar de Juicio Oral, que versen sobre el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público. Fracción adicionada DOF 16-05-2016

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma de 2016 fundamental: especifica competencia de salas unitarias en sistema acusatorio militar. Abogados deben conocer esta lista para interponer apelaciones correctamente. El desistimiento del Ministerio Publico tambien se apela ante estas salas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 Bis del CJM?

Las salas unitarias del Tribunal Superior Militar conocen apelaciones contra resoluciones del juez de control: negativa de anticipos de prueba, acuerdos reparatorios, ordenes de aprehension, medidas cautelares, vinculacion a proceso, suspension condicional y exclusion de prueba.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 Bis de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Reforma de 2016 fundamental: especifica competencia de salas unitarias en sistema acusatorio militar. Abogados deben conocer esta lista para interponer apelaciones correctamente. El desistimiento del Ministerio Publico tambien se apela ante estas salas.

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