El Defensor General requiere cumplir condiciones de magistrado con designacion formal. El Defensor General Adjunto tiene requisitos similares excepto dos anos de practica en justicia militar o naval.
Para ser Defensor General de la Defensoría de Oficio Militar, se requieren las mismas condiciones que para ser magistrado y su designación y protesta de ley se hará de la manera indicada para dichos funcionarios.
Para ser Defensor General Adjunto, deben satisfacerse iguales condiciones, excepto el tiempo de práctica profesional en el servicio de justicia militar o naval, que será de dos años. Artículo reformado DOF 16-05-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los requisitos diferenciados entre Defensor General y Adjunto reconocen que el segundo puede tener menor experiencia judicial. Esto es practico para sucesion de mandos sin sacrificar estándares minimos de calidad profesional.
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