CJM

Artículo 421. Responsabilidad de servidores publicos en justicia militar

Establece que los servidores publicos en la Administracion de Justicia Militar son responsables por delitos cometidos en ejercicio de sus funciones y otros delitos del fuero de guerra o comun durante su encargo.

responsabilidadservidores publicosadministracion de justiciadelitos militares

Texto Legal

Las personas servidoras públicas en la Administración de Justicia Militar, serán responsables por los delitos que cometan en el ejercicio de sus funciones, ya sean éstas permanentes o accidentales, así como por los demás delitos del fuero de guerra o del orden común que cometan durante el tiempo de su encargo. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental que establece responsabilidad integral de jueces, fiscales y personal administrativo. Abarca tanto delitos en ejercicio como delitos comunes cometidos durante el periodo de encargo, creando esfera de responsabilidad amplia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 421 del CJM?

Establece que los servidores publicos en la Administracion de Justicia Militar son responsables por delitos cometidos en ejercicio de sus funciones y otros delitos del fuero de guerra o comun durante su encargo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 421 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Articulo fundamental que establece responsabilidad integral de jueces, fiscales y personal administrativo. Abarca tanto delitos en ejercicio como delitos comunes cometidos durante el periodo de encargo, creando esfera de responsabilidad amplia.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 421 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 421 CJM desde tu celular