Establece que delitos de capitulos III y IV solo son considerados delitos militares cuando se cometen en campaña. Fuera de campaña, delitos de orden comun o federal son juzgados por tribunales ordinarios.
Las conductas descritas en los capítulos III y IV de este Título sólo serán consideradas como delitos contra la disciplina militar cuando se cometan en campaña. Fuera de este supuesto, las conductas que resulten en delitos del orden común o federal serán juzgados por tribunales federales ordinarios. Artículo adicionado DOF 13-06-2014
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
TITULO DECIMOPRIMERO Delitos contra el deber y decoro militares
CAPITULO I Infracción de deberes comunes a todos los que están obligados a servir en la Fuerza Armada Permanente Denominación del Capítulo reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo crucial sobre jurisdiccion agregado en 2014. Limita competencia de tribunales militares a actos en campaña; fuera de campaña, tribunales federales ordinarios conocen. Tiene implicaciones procesales significativas; reforma reciente del 2025 puede haber extendido aplicacion.
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