CJM

Artículo 325. Apropiacion ilegitima de bienes civiles

Impone cinco anos de prision a militar que aprovechando su posicion o contexto de guerra se apropie ilegitimamente de bienes de civiles. Delito grave contra poblacion civil.

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Texto Legal

Se impondrá la pena de cinco años de prisión a quien valiéndose de su posición en la Fuerza Armada Permanente o aprovechándose en campaña del temor ocasionado por la guerra, y con objeto de una apropiación ilegítima, se haga entregar o arrebate del dominio ajeno, las cosas pertenecientes a los habitantes del lugar. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Delito grave (5 anos) que castiga abuso de poder militar contra civiles. Aplica tanto en Fuerza Armada Permanente como en campaña. Distinguir de requisiciones legitimas; reforma 2025 DOF aclara este aspecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 325 del CJM?

Impone cinco anos de prision a militar que aprovechando su posicion o contexto de guerra se apropie ilegitimamente de bienes de civiles. Delito grave contra poblacion civil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 325 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Delito grave (5 anos) que castiga abuso de poder militar contra civiles. Aplica tanto en Fuerza Armada Permanente como en campaña. Distinguir de requisiciones legitimas; reforma 2025 DOF aclara este aspecto.

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