CJM

Artículo 304. Desobediencia en la Armada de Mexico

Establece sanciones especificas para desobediencia del personal naval segun la situacion del barco: desde dieciocho meses hasta diez anos de prision, considerando si convoyan mercantes, si hay dano grave o si afecta operaciones navales.

armada de mexicodesobediencia navaldaño graveconvoyesoperaciones navales

Texto Legal

El personal de la Armada de México que cometa a bordo el delito de desobediencia, será sancionado: Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.- Con un año y seis meses de prisión si el barco fuere convoyando buques mercantes que no conduzcan tropas, armas, pertrechos, víveres, o cualquier otro elemento de guerra;

II.- Con dos años de prisión si se ocasionare un daño grave, encontrándose el barco en situación peligrosa o convoyando buques mercantes que no conduzcan tropas o cualquiera de los efectos a que se refiere la fracción anterior; Fracción reformada DOF 16-07-2025

III.- Con cuatro años de prisión si el daño grave fuere causado a los buques convoyados, y con ocho años de prisión si se perdieren alguno o algunos de éstos por esa causa, y Fracción reformada DOF 16-07-2025

IV.- Con cuatro años de prisión en tiempo de paz y cinco en campaña, si la desobediencia fuere cometida formando parte el barco de una escuadra, y con la de cinco años de prisión, en tiempo de paz y diez en campaña, si de esa desobediencia resultare algún daño a las operaciones navales. Fracción reformada DOF 16-07-2025

CAPITULO IV Asonada

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las penas navales son complejas y dependen de multiples factores: tipo de cargo, situacion del barco y consecuencias. Revisar cuidadosamente qué mercancia se transportaba y si hubo daños reales para determinar la fraccion aplicable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 304 del CJM?

Establece sanciones especificas para desobediencia del personal naval segun la situacion del barco: desde dieciocho meses hasta diez anos de prision, considerando si convoyan mercantes, si hay dano grave o si afecta operaciones navales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 304 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Las penas navales son complejas y dependen de multiples factores: tipo de cargo, situacion del barco y consecuencias. Revisar cuidadosamente qué mercancia se transportaba y si hubo daños reales para determinar la fraccion aplicable.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 304 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 304 CJM desde tu celular