CJM

Artículo 298. Maltrato de obra sin lesion a subordinado

Un año de prision por golpes o maltrato de obra sin lesionar. Dos anos si quien ordena maltratos innecesarios al subordinado.

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Texto Legal

Quien infiera golpes o de cualquiera otra manera maltrate de obra al personal subordinado sin lesionarlo, será sancionado con la pena de un año de prisión.

CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Quien mandare dar golpes al personal subordinado o que innecesariamente mandare cualquier otro maltratamiento de obra contra éste, será sancionado con la pena de dos años de prisión, si el ofendido no resultare lesionado. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Diferencia entre cometer directamente y ordenar (pena duplicada). Testigos y examenes medicos pueden confirmar maltrato incluso sin lesion visible documentable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 298 del CJM?

Un año de prision por golpes o maltrato de obra sin lesionar. Dos anos si quien ordena maltratos innecesarios al subordinado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 298 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Diferencia entre cometer directamente y ordenar (pena duplicada). Testigos y examenes medicos pueden confirmar maltrato incluso sin lesion visible documentable.

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