CJM

Artículo 248. Extravio de bandera nacional

El extravio de bandera o estandarte de corporacion se sanciona con ocho meses en paz y dos anos en campaña, reflejando la gravedad simbolica.

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Texto Legal

Quien extravíe la bandera o estandarte de una corporación en un cuartel o en marcha, se le sancionará, en tiempo de paz, con ocho meses de prisión, y en campaña, con dos años. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las banderas militares reciben proteccion especial con penas desproporcionadas al extravio ordinario. El contexto de campaña duplica significativamente la pena. Verifique si hubo negligencia gross versus fuerza mayor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 248 del CJM?

El extravio de bandera o estandarte de corporacion se sanciona con ocho meses en paz y dos anos en campaña, reflejando la gravedad simbolica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 248 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Las banderas militares reciben proteccion especial con penas desproporcionadas al extravio ordinario. El contexto de campaña duplica significativamente la pena. Verifique si hubo negligencia gross versus fuerza mayor.

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