CJM

Artículo 224. Definicion del delito de sedicion

Sedicion es la reunion tumultuaria de diez o mas personas que resisten o atacan autoridad para impedir leyes, elecciones o funciones publicas. Articulo reformado por DOF 16-07-2025.

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Texto Legal

Cometen el delito de sedición quienes, reunidos tumultuariamente, en número de diez o más, resistan a una autoridad o la ataquen con alguno de los objetos siguientes: Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.- De impedir la promulgación o la ejecución de una ley o la celebración de una elección popular que no sea de las que menciona la fracción II del artículo 218;

CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II.- De impedir el libre ejercicio de sus funciones, o el cumplimiento de una providencia judicial o administrativa. Fracción reformada DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El requisito de diez personas minimo es elemento objetivo critico del tipo penal. La intencion de impedir promulgacion, ejecucion de leyes o celebracion de elecciones son elementos subjetivos que deben probarse. Fundamental en protestas masivas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 224 del CJM?

Sedicion es la reunion tumultuaria de diez o mas personas que resisten o atacan autoridad para impedir leyes, elecciones o funciones publicas. Articulo reformado por DOF 16-07-2025.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 224 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

El requisito de diez personas minimo es elemento objetivo critico del tipo penal. La intencion de impedir promulgacion, ejecucion de leyes o celebracion de elecciones son elementos subjetivos que deben probarse. Fundamental en protestas masivas.

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