Impone pena de treinta a sesenta anos de prision a quien se introduce en instalaciones militares u operaciones en campaña para obtener informacion al enemigo y comunicarla.
A quien se introduzca en las plazas, fuertes, puestos militares o entre las tropas que operen en campaña, con objeto de obtener información útil al enemigo y comunicarla a éste, se le impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Artículo reformado DOF 29-06-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Delito grave que castiga la obtencion y transmision de informacion. La pena equipara al espionaje con traicion. Requiere prueba de la comunicacion efectiva al enemigo, no solo intencion de obtener informacion.
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