Las penas de prision de dos o mas anos se imponen con retencion adicional de una cuarta parte del tiempo. Esta calidad debe expresarse explicitamente en la sentencia condenatoria.
Toda pena de prisión por dos o más años, será siempre impuesta con calidad de retención por una cuarta parte más de tiempo, y así se expresará en la sentencia. Artículo reformado DOF 29-06-2005
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para calcular el tiempo real de cumplimiento de sentencias militares. Los abogados deben verificar que toda sentencia de dos anos o mas incluya expresamente la retencion del 25% adicional en el pronunciamiento, no solo en el cumplimiento posterior.
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