CJM

Artículo 178. Articulo derogado - substitucion de pena

Este articulo fue derogado mediante reforma del 29 de junio de 2005, eliminando disposicion anterior sobre substitucion de pena.

articulo derogadoreformasubstitucion de pena2005

Texto Legal

(Se deroga). Artículo derogado DOF 29-06-2005

TITULO CUARTO Ejecución de las sentencias, retención y libertad preparatoria

CAPITULO I Ejecución de sentencias

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo sin vigencia legal. El Codigo de Justicia Militar fue simplificado en esta materia mediante la reforma mencionada; use solo disposiciones vigentes al 2005 en adelante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 178 del CJM?

Este articulo fue derogado mediante reforma del 29 de junio de 2005, eliminando disposicion anterior sobre substitucion de pena.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 178 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Articulo sin vigencia legal. El Codigo de Justicia Militar fue simplificado en esta materia mediante la reforma mencionada; use solo disposiciones vigentes al 2005 en adelante.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 178 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 178 CJM desde tu celular