En casos de substitucion conforme fraccion II del articulo 174, la sentencia no se ejecuta pero se amonesta al sentenciado.
En los casos de la fracción II del artículo anterior, no se ejecutará la sentencia, pero sí se amonestará al sentenciado. Artículo reformado DOF 29-06-2005, 13-06-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta es una alternativa rehabilitadora que evita la ejecucion penal. Aunque no se cumple la pena de prision, la amonestacion queda registrada; advierte al cliente que esto crea antecedentes para evaluacion de reincidencia futura.
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