El juzgador tiene discrecionalidad para determinar cual es el delito mas grave cuando debe procederse a la acumulacion de varios delitos. Esta facultad es fundamental en la determinacion de la pena aplicable.
Queda al arbitrio judicial calificar cuál es el delito más grave entre los que debieren acumularse.
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El arbitrio judicial en esta materia permite al juzgador militar considerar las circunstancias particulares de cada caso. Recomendamos documentar claramente los criterios de gravedad utilizados en las sentencias para evitar impugnaciones por indebido ejercicio de la discrecionalidad.
Anterior
Art. 161. Límite acumulación penas totales
Siguiente
Art. 163. Agravacion por delito durante procesamiento
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo