CJM

Artículo 156. Equivalencia rango cadete militar

Alumnos cadetes de establecimientos de educación militar se consideran como sargentos primeros respecto a otros miembros de Fuerza Armada Permanente.

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Texto Legal

Para los mismos efectos del artículo que antecede, los alumnos cadetes de los establecimientos de educación militar, con relación a los demás miembros de la Fuerza Armada Permanente, serán considerados como sargentos primeros. Fe de erratas al artículo DOF 27-09-1933. Reformado DOF 16-07-2025

CAPITULO III Aplicación de penas a los delitos de imprudencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece ficción juridica de equivalencia solo para efectos de relaciones de rango. Cadete no obtiene realmente grado de sargento primero sino trato equivalente en jerarquia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 156 del CJM?

Alumnos cadetes de establecimientos de educación militar se consideran como sargentos primeros respecto a otros miembros de Fuerza Armada Permanente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 156 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Establece ficción juridica de equivalencia solo para efectos de relaciones de rango. Cadete no obtiene realmente grado de sargento primero sino trato equivalente en jerarquia.

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