CJM

Artículo 138. Efectos de destitusion en oficiales militares

Oficiales destituidos pierden derechos por tiempo de servicios prestados, uso de uniforme y condecoraciones, quedando inhabilitados para pertenecer a Fuerzas Armadas por termino fijo en sentencia.

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Texto Legal

El personal de oficiales destituidos de su empleo perderán los derechos adquiridos en virtud del tiempo de servicios prestados, y el de usar uniforme y condecoraciones, quedando inhabilitado para volver a pertenecer a la Fuerza Armada Permanente por el término que se fije en la sentencia. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reforma 2025 vigente. Destitusion de oficial es equivalente a expulsion temporal de institucion. Termino de inhabilitacion es variable por sentencia, creando incertidumbre. Defensa debe argumentar termino minimo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 138 del CJM?

Oficiales destituidos pierden derechos por tiempo de servicios prestados, uso de uniforme y condecoraciones, quedando inhabilitados para pertenecer a Fuerzas Armadas por termino fijo en sentencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 138 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Reforma 2025 vigente. Destitusion de oficial es equivalente a expulsion temporal de institucion. Termino de inhabilitacion es variable por sentencia, creando incertidumbre. Defensa debe argumentar termino minimo.

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