CJM

Artículo 1. Organos de administracion justicia militar

Define los organos que administran justicia militar: Tribunal Superior Militar, Tribunales Militares de Juicio Oral, Juzgados Militares de Control y Juzgados Militares de Ejecucion de Sentencia. Estructura fundamental del sistema de justicia castrense.

justicia militartribunal superior militarorganizacion judicialjurisdiccion militar

Texto Legal

La administración de la justicia militar corresponde a:

I.- El Tribunal Superior Militar; Fracción reformada DOF 16-07-2025

II.- (Se deroga). Fracción derogada DOF 16-05-2016

II Bis.- Los Tribunales Militares de Juicio Oral; Fracción adicionada DOF 16-05-2016

III. (Se deroga). Fracción derogada DOF 16-05-2016

III Bis.- Los Juzgados Militares de Control; Fracción adicionada DOF 16-05-2016. Reformada DOF 16-07-2025

IV. (Se deroga). Fracción derogada DOF 16-05-2016

CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

V.- Los Juzgados Militares de Ejecución de Sentencia. Fracción reformada DOF 16-07-2025 Artículo reformado DOF 13-06-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es la piedra angular del codigo, establece la estructura completa del sistema. Para consultorias, verificar que cualquier procedimiento se tramite ante el organo correcto segun su fase. Referencia obligatoria en litigios militares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del CJM?

Define los organos que administran justicia militar: Tribunal Superior Militar, Tribunales Militares de Juicio Oral, Juzgados Militares de Control y Juzgados Militares de Ejecucion de Sentencia. Estructura fundamental del sistema de justicia castrense.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Este articulo es la piedra angular del codigo, establece la estructura completa del sistema. Para consultorias, verificar que cualquier procedimiento se tramite ante el organo correcto segun su fase. Referencia obligatoria en litigios militares.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1 CJM desde tu celular