Los comerciantes llevaran cuando menos un libro de inventarios y balances, un libro diario y un libro mayor.
Los comerciantes llevaran cuando menos un libro de inventarios y balances, un libro diario y un libro mayor.
Las obligaciones de los comerciantes establecidas en este capitulo del Codigo de Comercio son complementarias a las obligaciones fiscales previstas en el Codigo Fiscal de la Federacion y en las leyes tributarias especiales.
El cumplimiento de las obligaciones de contabilidad, registro y conservacion de documentos es fundamental tanto para la operacion comercial como para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas.
La falta de cumplimiento de estas obligaciones mercantiles puede generar presunciones adversas en juicios mercantiles y procedimientos de fiscalizacion, por lo que SDV Asesores recomienda su cumplimiento estricto y oportuno.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la obligacion de llevar libros de contabilidad (inventarios, diario y mayor) se complementa con las obligaciones de contabilidad electronica del articulo 28 del CFF. La contabilidad mercantil debe estar armonizada con la contabilidad fiscal para evitar discrepancias que generen observaciones en auditorias. Las empresas deben asegurar que sus registros contables cumplan simultaneamente con las normas mercantiles y fiscales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo