CCF

Artículo 2400. Objeto del arrendamiento

Pueden ser objeto de arrendamiento todos los bienes que pueden usarse sin consumirse, excepto aquellos que la ley prohibe arrendar.

objetobienes-no-consumiblesprohibiciones

Texto Legal

Articulo 2400. Pueden ser objeto de arrendamiento todos los bienes que pueden usarse sin consumirse, excepto aquellos que la ley prohibe arrendar.

El arrendamiento es uno de los contratos mas relevantes para la operacion empresarial, pues la mayoria de las empresas operan en inmuebles arrendados y utilizan bienes muebles en arrendamiento o leasing.

Las reglas del Codigo Civil Federal sobre arrendamiento son aplicables supletoriamente a los arrendamientos mercantiles, complementando las disposiciones especificas del Codigo de Comercio.

Para las empresas, es fundamental documentar adecuadamente los contratos de arrendamiento, estableciendo con claridad la renta, el plazo, las obligaciones de mantenimiento, las causas de terminacion anticipada y las garantias, para evitar controversias futuras y optimizar el tratamiento fiscal de las rentas pagadas o cobradas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que las obligaciones del arrendador incluyen entregar el bien en condiciones de servir para el uso convenido y conservarlo en ese estado. En la practica empresarial, las controversias sobre el estado de conservacion del inmueble arrendado son frecuentes. Se recomienda documentar el estado del inmueble al inicio y termino del arrendamiento mediante actas circunstanciadas con fotografias para evitar disputas sobre danos y responsabilidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2400 del CCF?

Pueden ser objeto de arrendamiento todos los bienes que pueden usarse sin consumirse, excepto aquellos que la ley prohibe arrendar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2400 de la Codigo Civil?

SDV Asesores senala que las obligaciones del arrendador incluyen entregar el bien en condiciones de servir para el uso convenido y conservarlo en ese estado. En la practica empresarial, las controversias sobre el estado de conservacion del inmueble arrendado son frecuentes. Se recomienda documentar el estado del inmueble al inicio y termino del arrendamiento mediante actas circunstanciadas con fotografias para evitar disputas sobre danos y responsabilidades.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2400 del CCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2400 CCF desde tu celular