CCF

Artículo 1813. Error de calculo

El error de calculo solo da lugar a que se rectifique, sin afectar la validez del contrato.

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Texto Legal

Articulo 1813. El error de calculo solo da lugar a que se rectifique, sin afectar la validez del contrato.

Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.

Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.

Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, el error como vicio del consentimiento puede invalidar contratos empresariales cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad. El error sobre la sustancia o cualidades esenciales del objeto del contrato genera nulidad relativa. En adquisiciones empresariales, el error sobre el estado financiero real de una empresa objetivo puede constituir causa suficiente para anular la operacion de compraventa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1813 del CCF?

El error de calculo solo da lugar a que se rectifique, sin afectar la validez del contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1813 de la Codigo Civil?

Para SDV Asesores, el error como vicio del consentimiento puede invalidar contratos empresariales cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad. El error sobre la sustancia o cualidades esenciales del objeto del contrato genera nulidad relativa. En adquisiciones empresariales, el error sobre el estado financiero real de una empresa objetivo puede constituir causa suficiente para anular la operacion de compraventa.

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