Los actos de administración provisional y conservación de bienes de herencia no implican aceptación ni impiden la renuncia. Esto permite al heredero gestionar los bienes sin comprometer su decisión sobre la herencia.
Actos que no importan aceptación ni impiden renuncia Los actos de administración provisional y de conservación de los bienes de la herencia practicados por el heredero mientras no haya vencido el plazo del artículo 673, no importan aceptación ni impiden la renuncia. Título V: Representación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo permite a los herederos actuar sobre los bienes de la herencia sin que esto se considere una aceptación formal, lo que puede ser útil si se desea evaluar la viabilidad de aceptar o renunciar a la herencia.
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