CC

Artículo 397. Asentimiento para vivir en hogar conyugal

El hijo extramatrimonial reconocido no puede vivir en el hogar conyugal sin el asentimiento del otro cónyuge. Esto regula la convivencia familiar.

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Texto Legal

Asentimiento para que el hijo extramatrimonial viva en el hogar conyugal El hijo extramatrimonial reconocido por uno de los cónyuges no puede vivir en la casa conyugal sin el asentimiento del otro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El asentimiento del cónyuge es clave para evitar conflictos familiares y asegurar una convivencia armoniosa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 397 del CC?

El hijo extramatrimonial reconocido no puede vivir en el hogar conyugal sin el asentimiento del otro cónyuge. Esto regula la convivencia familiar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 397 de la CC?

El asentimiento del cónyuge es clave para evitar conflictos familiares y asegurar una convivencia armoniosa.

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