CC

Artículo 131. Responsabilidad de organizadores

Los organizadores del comite son responsables solidariamente de la gestion de los aportes recaudados. Esto establece un marco de responsabilidad claro.

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Texto Legal

Responsabilidad solidaria de los organizadores Quienes aparezcan como organizadores del comité y quienes asuman la gestión de los aportes recaudados, son responsables solidariamente de su conservación, de su aplicación a la finalidad anunciada y de las obligaciones contraídas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los organizadores deben llevar un control riguroso de los aportes, ya que cualquier mal manejo puede resultar en sanciones y perdida de confianza.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del CC?

Los organizadores del comite son responsables solidariamente de la gestion de los aportes recaudados. Esto establece un marco de responsabilidad claro.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la CC?

Los organizadores deben llevar un control riguroso de los aportes, ya que cualquier mal manejo puede resultar en sanciones y perdida de confianza.

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