CC

Artículo 1046. Prohibición de aumentar gravamen

El propietario del predio dominante no puede aumentar el gravamen del predio sirviente por actos propios. Esto protege al propietario del predio sirviente de cargas adicionales no acordadas.

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Texto Legal

Prohibición de aumentar gravamen El propietario del predio dominante no puede aumentar el gravamen del predio sirviente por hecho o acto propio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cualquier intento de aumentar el gravamen puede ser impugnado legalmente, protegiendo tus derechos como propietario del predio sirviente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1046 del CC?

El propietario del predio dominante no puede aumentar el gravamen del predio sirviente por actos propios. Esto protege al propietario del predio sirviente de cargas adicionales no acordadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1046 de la CC?

Cualquier intento de aumentar el gravamen puede ser impugnado legalmente, protegiendo tus derechos como propietario del predio sirviente.

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