La comisión mencionada en el artículo 52 se reunirá en el lugar del funeral y se disolverá al concluir la ceremonia. Esto establece un protocolo para el respeto en ceremonias solemnes.
La comisión de que habla el artículo 52, se reunirá en el lugar donde se haga el funeral, ocupará el lugar que le corresponda y concluida la ceremonia se disolverá.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben estar conscientes de los protocolos en ceremonias solemnes, ya que reflejan el respeto institucional y pueden influir en la imagen pública del Congreso.
Anterior
Art. 194. Funciones públicas fuera del palacio
Siguiente
Art. 196. Recepcion de funcionarios en la Camara
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo