Los asuntos que deben resolverse durante el receso se turnan a las Comisiones correspondientes. Este procedimiento es esencial para la continuidad legislativa.
Los asuntos cuya resolución corresponda al Congreso o a una de la Cámaras, que durante el receso se presenten a la Comisión Permanente, se turnarán a las Comisiones relativas de la Cámara que corresponda.
Cuando se trate de iniciativas de ley, se imprimirán, se ordenará su inserción en el Diario de los Debates, y se remitirán para su conocimiento a los Diputados o Senadores, según el caso, y se turnarán a las Comisiones de la Cámara a que va dirigida, para que formulen el dictamen y éste se distribuya en los términos y para los efectos del artículo 94. Artículo reformado DOF 21-10-1966. Aclaración DOF 22-10-1966
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] El correcto turno de asuntos a las Comisiones es fundamental para la eficiencia del trabajo legislativo. Los abogados deben estar al tanto de estos procedimientos para asesorar adecuadamente a sus clientes.
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