Establece el procedimiento de verificacion de los datos del trabajador proporcionados por el patron, y las acciones que debe tomar el Instituto cuando detecte inconsistencias.
El Instituto verificara la veracidad y consistencia de los datos proporcionados por el patron en el aviso de inscripcion del trabajador.
El Instituto podra verificar los datos del trabajador mediante:
1. Consulta a bases de datos del Registro Nacional de Poblacion (RENAPO)
2. Cruce de informacion con el SAT, INFONAVIT y otras dependencias
3. Requerimientos directos al patron para que aclare o corrija inconsistencias
Cuando se detecten inconsistencias en los datos del trabajador, el Instituto:
- Notificara al patron para que realice las correcciones necesarias
- Podra suspender el tramite de inscripcion hasta que se subsanen las inconsistencias
- En caso de datos falsos, procedera conforme a las disposiciones legales aplicables
El patron dispondra de un plazo de cinco dias habiles para corregir las inconsistencias detectadas, contados a partir de la notificacion del Instituto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El cruce de informacion entre el IMSS, SAT e INFONAVIT es cada vez mas sofisticado. Si los datos del trabajador en el CFDI de nomina no coinciden con los registrados en el IMSS, es probable que se generen requerimientos de aclaracion. Los cinco dias habiles para corregir inconsistencias son un plazo corto, por lo que recomendamos atender de inmediato cualquier notificacion de inconsistencia para evitar que la inscripcion quede suspendida.
Art. 21. Datos del trabajador en el aviso de inscripcion
Detalla los datos personales del trabajador que el patron debe proporcionar al Instituto al momento de la inscripcion, incluyendo nombre, CURP, fecha de nacimiento y domicilio.
Art. 22. Asignacion del NSS al trabajador
Regula el procedimiento de asignacion del Numero de Seguridad Social a los trabajadores que se inscriben por primera vez, asi como la consulta y verificacion del NSS existente.
Art. 24. Inscripcion de trabajadores eventuales
Establece las reglas especiales para la inscripcion de trabajadores eventuales, incluyendo la determinacion de su salario base de cotizacion y la vigencia de su aseguramiento.
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Art. 22. Asignacion del NSS al trabajador
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Art. 24. Inscripcion de trabajadores eventuales
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