Complementa los requisitos de informacion para el registro patronal, incluyendo datos sobre la actividad economica, numero estimado de trabajadores y tipo de relacion laboral.
Ademas de los datos senalados en el articulo 10, la solicitud de registro debera contener:
- Descripcion detallada de la actividad economica principal
- Clase y fraccion de la actividad conforme al catalogo de actividades del Instituto
- Grado de riesgo estimado de la actividad
- Numero estimado de trabajadores a emplear
- Ubicacion exacta del centro de trabajo, incluyendo calle, numero, colonia, municipio y entidad federativa
- Tipo de inmueble: propio, rentado o prestado
- Superficie y descripcion de las instalaciones
- Horarios de operacion
El patron debera indicar si las relaciones laborales seran de caracter permanente o eventual, asi como la jornada de trabajo aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La correcta declaracion de la actividad economica y su clase de riesgo al momento del registro es fundamental, ya que determina la prima del seguro de riesgos de trabajo que se pagara. Un error en la clasificacion puede generar diferencias de cuotas significativas durante anos. Ademas, indicar correctamente si los trabajadores son permanentes o eventuales impacta en las obligaciones de baja y en el calculo del SBC.
Art. 10. Forma y requisitos del registro patronal
Establece los datos y documentos que el patron debe proporcionar al Instituto para obtener su registro, incluyendo identificacion, domicilio fiscal, actividad economica y datos de los trabajadores.
Art. 13. Asignacion del numero de registro patronal
Regula la asignacion del numero de registro patronal por parte del IMSS, su estructura y la obligacion del patron de utilizarlo en todos sus tramites ante el Instituto.
Art. 78. Clasificacion de empresas para riesgos de trabajo
Establece las reglas para la clasificacion de las empresas conforme a su actividad economica para efectos del seguro de riesgos de trabajo, utilizando el catalogo de actividades previsto en la Ley.
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Art. 13. Asignacion del numero de registro patronal
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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