Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a estimulo por contratacion de personas en reinsercion social, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 186 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 186 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
El estimulo fiscal previsto en este articulo consiste en un credito fiscal acreditable contra el ISR del ejercicio, relacionado con estimulo por contratacion de personas en reinsercion social.
El monto del credito fiscal se determinara conforme al porcentaje o cantidad establecida en la Ley sobre la base correspondiente.
Para la aplicacion del estimulo, los contribuyentes deberan cumplir con los requisitos especificos establecidos, incluyendo la documentacion comprobatoria.
El estimulo se aplicara en la declaracion anual del ejercicio, acreditandose contra el ISR causado.
Los contribuyentes conservaran la documentacion que acredite el cumplimiento de los requisitos durante el plazo de cinco anos contados a partir de la aplicacion del estimulo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El estimulo por contratacion de personas en reinsercion social permite deducir un monto adicional por cada empleado en esta condicion. SDV Asesores senala que el beneficio requiere que el empleado cuente con constancia de liberacion o de participacion en programas de reinsercion. El estricto cumplimiento de los requisitos laborales y fiscales es condicion para la aplicacion del estimulo.
Art. 297. Estimulos fiscales - Disposiciones generales
Establece las disposiciones generales relativas a los estimulos fiscales previstos en la Ley del ISR, incluyendo los requisitos para su aplicacion, los procedimientos de acreditamiento y las obligaciones de los beneficiarios.
Art. 309. Estimulo por contratacion de personas con discapacidad y adultos mayores
Regula el estimulo fiscal otorgado a los contribuyentes que contraten personas con discapacidad motriz o adultos mayores, detallando el monto del estimulo, los requisitos de la relacion laboral y las obligaciones del patron.
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