RLISR

Artículo 241. RESICO PF ingresos por plataformas tecnologicas

Establece las reglas para resico pf ingresos por plataformas tecnologicas, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 113-A de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 241 — RESICO PF ingresos por plataformas tecnologicas

Para los efectos de el articulo 113-A de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas del RESICO

Para los efectos del Regimen Simplificado de Confianza, se precisan las disposiciones relativas a resico pf ingresos por plataformas tecnologicas.

II. Requisitos

Los contribuyentes del RESICO deberan cumplir con los requisitos especificos establecidos para este regimen simplificado.

III. Procedimiento

El procedimiento para la determinacion y pago del impuesto en el RESICO se realizara conforme a las tablas y tasas previstas en la Ley.

IV. Obligaciones

Los contribuyentes cumpliran con las obligaciones de facturacion, declaracion y registro correspondientes.

V. Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones del RESICO podra dar lugar a la salida del regimen conforme a las causales previstas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los ingresos por plataformas tecnologicas en RESICO tienen reglas de retencion especificas que aplican las plataformas digitales. SDV Asesores senala que las retenciones efectuadas por las plataformas son a cuenta del ISR anual del contribuyente RESICO. Los contribuyentes que operan a traves de multiples plataformas deben consolidar la informacion de todas sus fuentes de ingreso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 241 del RLISR?

Establece las reglas para resico pf ingresos por plataformas tecnologicas, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 113-A de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 241 de la Reglamento LISR?

Los ingresos por plataformas tecnologicas en RESICO tienen reglas de retencion especificas que aplican las plataformas digitales. SDV Asesores senala que las retenciones efectuadas por las plataformas son a cuenta del ISR anual del contribuyente RESICO. Los contribuyentes que operan a traves de multiples plataformas deben consolidar la informacion de todas sus fuentes de ingreso.

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