Regula el tratamiento fiscal de enajenacion de bienes por herencia o donacion, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 124 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 124 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Para los efectos de la enajenacion de bienes, se establecen las reglas relativas a enajenacion de bienes por herencia o donacion conforme al Capitulo IV del Titulo IV de la Ley.
La ganancia se determinara restando del monto de la enajenacion el costo comprobado de adquisicion actualizado y las deducciones relacionadas.
El pago provisional del impuesto se efectuara conforme al procedimiento establecido en la Ley, dentro de los 15 dias siguientes a la operacion.
El ingreso por enajenacion se acumulara a los demas ingresos del contribuyente en su declaracion anual del ejercicio.
El contribuyente conservara la documentacion que acredite el costo de adquisicion, las mejoras realizadas y los gastos de la operacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La enajenacion de bienes por herencia o donacion tiene un tratamiento fiscal especial que puede generar exencion total o parcial del ISR. SDV Asesores destaca que las donaciones entre ascendientes y descendientes en linea recta estan exentas, pero las donaciones entre personas sin parentesco pueden estar gravadas. El costo de adquisicion para el donatario o heredero es el valor de avaluo al momento de la operacion.
Art. 125. Sucesiones y herencias reglas fiscales
Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a sucesiones y herencias reglas fiscales, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 92 de la Ley.
Art. 182. Costo comprobado de adquisicion de bienes
Regula el tratamiento fiscal de costo comprobado de adquisicion de bienes, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 123 de la Ley.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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