Detalla las deducciones autorizadas para contribuyentes con ingresos por honorarios y actividades profesionales, incluyendo los requisitos de cada tipo de deduccion y las limitaciones aplicables.
Para los efectos del articulo 103 de la Ley, los contribuyentes que obtengan ingresos por la prestacion de servicios profesionales podran deducir:
Las erogaciones que sean estrictamente indispensables para la realizacion de la actividad profesional, incluyendo:
- Renta del local destinado a la actividad
- Sueldos y salarios del personal auxiliar
- Cuotas al IMSS e Infonavit del personal
- Papeleria, equipo de computo y comunicaciones
- Honorarios pagados a otros profesionistas
La deduccion de inversiones en activos fijos, gastos y cargos diferidos, conforme a los porcentajes y reglas establecidos en la Ley para personas morales, en lo que resulte aplicable.
Las cuotas pagadas a colegios y asociaciones profesionales, siempre que se trate de organismos reconocidos y que la afiliacion sea relevante para la actividad profesional del contribuyente.
La deduccion de gastos relacionados con un vehiculo asignado a la actividad profesional, sujeta a los limites establecidos en la Ley tratandose de automoviles.
Los gastos de capacitacion y actualizacion profesional, incluyendo cursos, diplomados, congresos y material didactico, siempre que guarden relacion directa con la actividad profesional.
Todas las deducciones deberan estar amparadas con CFDI, pagadas por medios bancarizados cuando excedan de $2,000.00, y debidamente registradas en la contabilidad del contribuyente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las deducciones para actividades profesionales siguen reglas similares a las empresariales pero con particularidades propias de los servicios independientes. SDV Asesores senala que los profesionistas independientes pueden deducir inversiones en equipo, gastos de oficina y pagos a auxiliares. La correcta separacion entre gastos profesionales deducibles y gastos personales no deducibles es critica.
Art. 142. Ingresos por actividades profesionales (honorarios)
Regula las disposiciones aplicables a los ingresos por honorarios y actividades profesionales, incluyendo las reglas para determinar el momento de acumulacion, las deducciones autorizadas y las obligaciones especificas.
Art. 143. Ingresos por actividad empresarial de personas fisicas
Detalla las normas reglamentarias para ingresos por actividad empresarial de personas fisicas, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 100 de la Ley.
Art. 171. Deducciones personales
Desarrolla las disposiciones reglamentarias relativas a las deducciones personales que las personas fisicas pueden aplicar en su declaracion anual, detallando los requisitos especificos de cada concepto deducible.
Anterior
Art. 144. Deducciones autorizadas de actividad empresarial PF
Siguiente
Art. 146. Inversiones de personas fisicas empresarias
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo