Regula el tratamiento fiscal de retencion de isr a consejeros y administradores, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 94 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 94 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Para los efectos del tratamiento fiscal de los ingresos por sueldos y salarios, se regulan las disposiciones sobre honorarios a consejeros.
Se establecen las reglas especificas aplicables a administradores de sociedades conforme a las disposiciones de la Ley.
El procedimiento de calculo para tasa del 35% opcional se realizara conforme a las tarifas y tablas vigentes.
Las disposiciones sobre retencion sobre total de pago se observaran conforme a las reglas generales de retencion y entero.
Los empleadores deberan cumplir con las obligaciones de declaracion anual obligatoria en los plazos establecidos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La retencion de ISR a consejeros y administradores de personas morales se calcula conforme a reglas especificas que difieren de las de sueldos ordinarios. SDV Asesores advierte que los emolumentos pagados a miembros del consejo de administracion pueden tener un tratamiento como asimilados a salarios. La correcta clasificacion de estos pagos es esencial para determinar la retencion aplicable.
Art. 128. Ingresos por sueldos y salarios
Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a los ingresos por sueldos, salarios y demas prestaciones derivadas de una relacion laboral, incluyendo las reglas de retencion y calculo del impuesto mensual.
Art. 138. Asimilados a salarios opciones de tributacion
Detalla las normas reglamentarias para asimilados a salarios opciones de tributacion, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 94 de la Ley.
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