RLISR

Artículo 137. Retencion de ISR a consejeros y administradores

Regula el tratamiento fiscal de retencion de isr a consejeros y administradores, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 94 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 137 — Retencion de ISR a consejeros y administradores

Para los efectos de el articulo 94 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Honorarios a consejeros

Para los efectos del tratamiento fiscal de los ingresos por sueldos y salarios, se regulan las disposiciones sobre honorarios a consejeros.

II. Administradores de sociedades

Se establecen las reglas especificas aplicables a administradores de sociedades conforme a las disposiciones de la Ley.

III. Tasa del 35% opcional

El procedimiento de calculo para tasa del 35% opcional se realizara conforme a las tarifas y tablas vigentes.

IV. Retencion sobre total de pago

Las disposiciones sobre retencion sobre total de pago se observaran conforme a las reglas generales de retencion y entero.

V. Declaracion anual obligatoria

Los empleadores deberan cumplir con las obligaciones de declaracion anual obligatoria en los plazos establecidos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La retencion de ISR a consejeros y administradores de personas morales se calcula conforme a reglas especificas que difieren de las de sueldos ordinarios. SDV Asesores advierte que los emolumentos pagados a miembros del consejo de administracion pueden tener un tratamiento como asimilados a salarios. La correcta clasificacion de estos pagos es esencial para determinar la retencion aplicable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 137 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de retencion de isr a consejeros y administradores, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 94 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 137 de la Reglamento LISR?

La retencion de ISR a consejeros y administradores de personas morales se calcula conforme a reglas especificas que difieren de las de sueldos ordinarios. SDV Asesores advierte que los emolumentos pagados a miembros del consejo de administracion pueden tener un tratamiento como asimilados a salarios. La correcta clasificacion de estos pagos es esencial para determinar la retencion aplicable.

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