RLFT

Artículo 21. Condiciones del medio ambiente de trabajo

Los centros de trabajo deben mantener condiciones ambientales que no afecten la salud de los trabajadores, controlando los niveles de ruido, iluminacion, temperatura, humedad y contaminantes.

medio ambienteruidoiluminaciontemperaturacontaminantesmonitoreo

Texto Legal

Articulo 21 - Medio Ambiente de Trabajo

Los centros de trabajo deben mantener condiciones ambientales que protejan la salud de los trabajadores.

Factores ambientales a controlar

- Ruido: niveles maximos permitidos conforme a la NOM-011-STPS
- Iluminacion: niveles minimos segun el tipo de actividad (NOM-025-STPS)
- Temperatura: condiciones termicas adecuadas para el tipo de trabajo
- Ventilacion: renovacion adecuada del aire
- Contaminantes quimicos: concentraciones maximas permisibles
- Vibraciones: limites de exposicion conforme a la normatividad

Monitoreo

El patron debe realizar monitoreo periodico de los factores ambientales para verificar que se encuentren dentro de los limites permisibles.

Medidas de control

Cuando los niveles excedan los limites, el patron debe implementar medidas de control:
1. Control en la fuente: eliminar o reducir el agente
2. Control en el medio: aislar o confinar el agente
3. Control en el receptor: equipo de proteccion personal

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El control del medio ambiente laboral es una obligacion continua que requiere monitoreo periodico con equipo calibrado. Muchas empresas desconocen que los niveles de ruido, iluminacion y temperatura deben medirse y documentarse conforme a las NOM especificas. La jerarquia de controles (fuente, medio, receptor) debe aplicarse en ese orden, utilizando el EPP solo como ultimo recurso y no como unica medida.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del RLFT?

Los centros de trabajo deben mantener condiciones ambientales que no afecten la salud de los trabajadores, controlando los niveles de ruido, iluminacion, temperatura, humedad y contaminantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la Reglamento SST?

SDV Asesores: El control del medio ambiente laboral es una obligacion continua que requiere monitoreo periodico con equipo calibrado. Muchas empresas desconocen que los niveles de ruido, iluminacion y temperatura deben medirse y documentarse conforme a las NOM especificas. La jerarquia de controles (fuente, medio, receptor) debe aplicarse en ese orden, utilizando el EPP solo como ultimo recurso y no como unica medida.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 21 del RLFT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 21 RLFT desde tu celular