Contiene las definiciones de los terminos tecnicos utilizados en el Reglamento, incluyendo centro de trabajo, condiciones inseguras, equipo de proteccion personal, riesgo de trabajo y enfermedad de trabajo.
Para efectos del presente Reglamento se entendera por:
- Centro de trabajo: todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominacion, en el que se realicen actividades de produccion, de comercializacion o de prestacion de servicios, o en el que laboren personas que esten sujetas a una relacion de trabajo
- Condiciones inseguras: aquellas que derivan de la inobservancia o desatencion de las medidas establecidas como seguras, que pueden conllevar la ocurrencia de un incidente, accidente, enfermedad de trabajo o dano material al centro de trabajo
- Condiciones peligrosas: aquellas caracteristicas inherentes a las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas y materiales que pueden causar riesgo a la salud o integridad fisica de los trabajadores
- Diagnostico de seguridad y salud en el trabajo: identificacion de las condiciones fisicas peligrosas o inseguras, de los agentes capaces de modificar las condiciones del medio ambiente laboral y de los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud
- Enfermedad de trabajo: todo estado patologico derivado de la accion continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo
- Equipo de proteccion personal: conjunto de elementos y dispositivos disenados para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades
- Incidente: acontecimiento no deseado que puede causar dano a la salud, al equipo o a las instalaciones
- Programa de seguridad y salud: documento que contiene las actividades preventivas y correctivas en la materia
- Riesgo de trabajo: accidentes y enfermedades a que estan expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo
- Servicios preventivos: acciones de promocion y proteccion de la salud de los trabajadores
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El conocimiento preciso de estas definiciones es esencial para cualquier empresa, pues la interpretacion correcta de terminos como 'condicion insegura' y 'riesgo de trabajo' determina el alcance de las obligaciones patronales. En la practica, muchos conflictos ante la STPS surgen por una comprension deficiente de estos conceptos, lo que lleva a una prevencion inadecuada y a sanciones evitables.
Art. 1. Objeto del Reglamento
Establece el objeto del Reglamento: determinar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que deberan observarse en los centros de trabajo para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
Art. 3. Ambito de aplicacion
El Reglamento es de observancia general en todo el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo, sin importar su tamano, giro o actividad economica.
Art. 4. Autoridades competentes
Establece que la Secretaria del Trabajo y Prevision Social es la autoridad competente para vigilar y hacer cumplir las disposiciones del Reglamento a traves de sus inspectores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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