El articulo establece los tipos de proposiciones que pueden presentarse en el Pleno, incluyendo acuerdos parlamentarios y puntos de acuerdo. Se detallan los requisitos para su presentacion y tratamiento.
1. El Pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:
2. Las proposiciones con punto de acuerdo se sujetarán a lo siguiente:
REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-05-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
atendiendo a los principios de equidad e inclusión de los grupos. En caso excepcional la Junta podrá acordar la inscripción de una proposición adicional; Fracción reformada DOF 20-04-2011
V. Las proposiciones que la Junta no considere proponer ante el Pleno con el carácter de urgente u obvia resolución, se tramitarán conforme al artículo 62, numeral 3 de este Reglamento; Fracción adicionada DOF 20-04-2011
VI. Las proposiciones calificadas por el Pleno de urgente u obvia resolución, serán discutidas y votadas directamente por éste. En caso de no ser así calificadas, el Presidente las turnará a comisión, y Fracción reformada y recorrida DOF 20-04-2011
VII. El retiro de una proposición corresponde sólo a su autor y respecto a las que se presenten a nombre de Grupo, el retiro podrá hacerlo el Coordinador, en ambos supuestos, deberá solicitarse antes de iniciar la discusión en el Pleno. Fracción recorrida DOF 20-04-2011
3. Las solicitudes de gestión, de ampliación de recursos, de información a una dependencia gubernamental, o peticiones para citar a comparecer a algún servidor público del Poder Ejecutivo Federal, no serán consideradas como proposiciones. Estas se sustanciarán de la siguiente manera:
I. Las gestiones deberán exponerse de manera directa ante el Comité de Información, Gestoría y Quejas;
II. Las solicitudes de gestión o ampliación de recursos del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, deberán presentarse de manera directa ante la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en los términos que ésta determine;
III. Las solicitudes de información, a la dependencia gubernamental que corresponda, y
IV. Las peticiones para que una comisión se reúna con algún funcionario público del Poder Ejecutivo Federal, deberán hacerse conforme a lo establecido en la Ley.
Sección Cuarta Dictamen
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las proposiciones deben ser claras y estar bien fundamentadas para ser consideradas en el Pleno. Es recomendable que los diputados se preparen adecuadamente para presentar sus propuestas de manera efectiva.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo