Al finalizar la legislatura, se elaborará un listado de dictámenes que se presentarán en el primer periodo de sesiones de la siguiente legislatura. Esto organiza el trabajo legislativo.
1. Al término de la Legislatura, la Secretaría de Servicios Parlamentarios elaborará un listado de dictámenes de las iniciativas y las minutas, que se encuentren en poder de la Mesa Directiva. La Junta, conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 34, numeral 1, inciso a), de la Ley, determinará, a través de un acuerdo, los dictámenes que se presentarán ante el Pleno, durante el primer periodo de sesiones, del primer año de ejercicio de la siguiente Legislatura. Artículo adicionado DOF 27-04-2021. Reformado DOF 22-12-2023
TITULO DECIMO PRIMERO De las Sesiones Semipresenciales en casos de excepción Título adicionado DOF 18-10-2023
CAPITULO I Del Objeto Capítulo adicionado DOF 18-10-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La organización de dictámenes es crucial para la eficiencia legislativa. Los asesores deben ayudar a sus clientes a prepararse para el nuevo periodo legislativo.
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