Reg_Diputados

Artículo 243. Uso de red informatica

Las comisiones y órganos de gobierno deben utilizar la red informática de la Cámara para difundir sus actividades. Esto promueve la comunicación y el acceso a la información.

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Texto Legal

1. Las comisiones, comités, grupos, órganos de gobierno y demás entidades legislativas y administrativas, deberán utilizar los servicios de la red informática a cargo de la Cámara, para difundir sus actividades.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La utilización efectiva de la red informática puede mejorar la visibilidad de las actividades legislativas. Se recomienda a los órganos de gobierno implementar estrategias de comunicación digital.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 243 del Reg_Diputados?

Las comisiones y órganos de gobierno deben utilizar la red informática de la Cámara para difundir sus actividades. Esto promueve la comunicación y el acceso a la información.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 243 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] La utilización efectiva de la red informática puede mejorar la visibilidad de las actividades legislativas. Se recomienda a los órganos de gobierno implementar estrategias de comunicación digital.

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