Reg_Diputados

Artículo 186. Proyectos de dictámenes no resueltos

Los dictámenes que no sean resueltos por el Pleno quedarán como proyectos y serán discutidos en la siguiente legislatura. Esto garantiza continuidad en el proceso legislativo.

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Texto Legal

1. Los dictámenes a los que se haga declaratoria de publicidad, que no llegue a resolver el Pleno de la legislatura que los conoció, quedarán con el carácter de proyectos, bajo resguardo de la Mesa Directiva, y serán discutidos y votados en el Pleno de la siguiente legislatura, durante el primer periodo de sesiones ordinarias, del primer año de ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La continuidad de los proyectos es un aspecto importante a considerar en la planificación legislativa, ya que puede afectar la estrategia de los grupos parlamentarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 186 del Reg_Diputados?

Los dictámenes que no sean resueltos por el Pleno quedarán como proyectos y serán discutidos en la siguiente legislatura. Esto garantiza continuidad en el proceso legislativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 186 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] La continuidad de los proyectos es un aspecto importante a considerar en la planificación legislativa, ya que puede afectar la estrategia de los grupos parlamentarios.

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