Las iniciativas y minutas no dictaminadas se presentarán al Pleno para su discusión. Si no se dictaminan al final de la legislatura, se consideran desechadas.
1. La Mesa Directiva establecerá un acuerdo para que las iniciativas y minutas que no fueron dictaminadas por la comisión respectiva, en los plazos establecidos y una vez realizadas las prevenciones a que hace referencia este Reglamento, se presenten en sus términos ante el Pleno, para su discusión y votación.
2. Las iniciativas no dictaminadas al término de una legislatura, así como las proposiciones no dictaminadas dentro del periodo ordinario de sesiones en que fueron presentadas, se tendrán por desechadas, procediendo a su archivo como asuntos total y definitivamente concluidos. Numeral reformado DOF 20-04-2011, 22-12-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental para los legisladores y sus asesores asegurarse de que las iniciativas sean dictaminadas a tiempo para evitar su desechamiento.
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