Reg_Diputados

Artículo 18. Objetivo de los grupos

Los grupos tienen como objetivo promover la actuación coordinada de los diputados para cumplir con sus atribuciones constitucionales y legales. Esto se alinea con sus principios y agendas legislativas.

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Texto Legal

1. Los grupos tendrán por objeto promover la actuación coordinada de los diputados y diputadas, a efecto de llevar a cabo el ejercicio y el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales establecidas en sus principios, postulados, plataforma electoral y agenda legislativa del partido del que forman parte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación entre diputados es esencial para maximizar el impacto legislativo. Los grupos deben establecer estrategias claras para cumplir con sus objetivos y fortalecer su presencia en el Congreso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del Reg_Diputados?

Los grupos tienen como objetivo promover la actuación coordinada de los diputados para cumplir con sus atribuciones constitucionales y legales. Esto se alinea con sus principios y agendas legislativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] La coordinación entre diputados es esencial para maximizar el impacto legislativo. Los grupos deben establecer estrategias claras para cumplir con sus objetivos y fortalecer su presencia en el Congreso.

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