Reg_Diputados

Artículo 179. Condiciones de audiencias

Las audiencias serán públicas siempre que las condiciones lo permitan, y se espera que los asistentes mantengan el respeto. Esto es crucial para un ambiente de diálogo constructivo.

audienciasrespetodiálogo

Texto Legal

1. Las audiencias por regla general serán públicas, siempre que las condiciones físicas, técnicas y de seguridad así lo permitan; quienes concurran a ellas deberán guardar la consideración y respeto hacia los demás, bajo el aviso de que el incumplimiento de lo anterior dará lugar a su exclusión en este proceso por parte de quien presida la Reunión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener un ambiente respetuoso en las audiencias es fundamental para el éxito del diálogo. Se deben establecer reglas claras para evitar conflictos durante las sesiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 179 del Reg_Diputados?

Las audiencias serán públicas siempre que las condiciones lo permitan, y se espera que los asistentes mantengan el respeto. Esto es crucial para un ambiente de diálogo constructivo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 179 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Mantener un ambiente respetuoso en las audiencias es fundamental para el éxito del diálogo. Se deben establecer reglas claras para evitar conflictos durante las sesiones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 179 del Reg_Diputados?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 179 Reg_Diputados desde tu celular