Reg_Diputados

Artículo 126. Queja por inasistencia

Los diputados pueden quejarse ante el Titular del Poder Ejecutivo si un servidor público no asiste o no responde adecuadamente durante su comparecencia. Esto asegura la responsabilidad de los funcionarios.

quejainasistenciaresponsabilidad

Texto Legal

1. Cuando alguno de los servidores públicos a que hacen alusión los artículos 69 y 93 constitucionales, no acuda a la Cámara o no conteste satisfactoriamente los cuestionamientos y dudas de los diputados y diputadas, estos podrán solicitar al Presidente que se dirija en queja al Titular del Poder Ejecutivo Federal, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley, respecto a las comparecencias de los servidores públicos. Artículo reformado DOF 20-04-2011

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo refuerza la importancia de la responsabilidad de los servidores públicos. Los diputados deben estar preparados para actuar si no se cumplen las expectativas durante las comparecencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 126 del Reg_Diputados?

Los diputados pueden quejarse ante el Titular del Poder Ejecutivo si un servidor público no asiste o no responde adecuadamente durante su comparecencia. Esto asegura la responsabilidad de los funcionarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 126 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Este artículo refuerza la importancia de la responsabilidad de los servidores públicos. Los diputados deben estar preparados para actuar si no se cumplen las expectativas durante las comparecencias.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 126 del Reg_Diputados?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 126 Reg_Diputados desde tu celular