Este artículo establece el procedimiento para que un diputado aclare o corrija información expuesta por otro en tribuna. La moción solo puede ser solicitada una vez por tema y requiere autorización del Presidente.
1. La moción para rectificar hechos procede cuando una diputada o un diputado que no esté inscrito en la lista de los oradores solicite el uso de la palabra, para aclarar, corregir o ampliar la información expuesta en tribuna por otra diputada o diputado que haya participado en la discusión.
2. Cuando el Presidente lo autorice, la diputada o el diputado solicitante podrá hacer uso de la palabra al término de la lista de oradores. El diputado que rectifique hechos, lo hará por una sola ocasión, en el tema que se discuta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los diputados conozcan este procedimiento para asegurar la precisión en las discusiones. La correcta utilización de esta moción puede contribuir a un debate más informado.
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