Reglamenta las multas aplicables a terceros relacionados con el contribuyente y a funcionarios publicos que incumplan obligaciones fiscales, incluyendo instituciones de credito, notarios, corredores y servidores publicos.
Las instituciones de credito seran sancionadas cuando:
I. No proporcionen la informacion requerida por las autoridades fiscales.
II. No efectuen los depositos de contribuciones en los plazos establecidos.
III. No retengan las cantidades que las disposiciones fiscales senalen.
Los notarios y corredores publicos seran sancionados cuando:
I. No verifiquen el cumplimiento de obligaciones fiscales en las operaciones en que intervengan.
II. No informen al SAT sobre las operaciones consignadas en escrituras publicas.
III. Autoricen operaciones sin que se acredite el pago de contribuciones correspondientes.
Los funcionarios publicos seran sujetos de multa cuando:
I. No proporcionen la informacion fiscal requerida por las autoridades.
II. No cumplan con las obligaciones de retencion y entero de contribuciones.
Los terceros sancionados podran ser considerados responsables solidarios del pago de las contribuciones omitidas cuando su incumplimiento haya contribuido a la evasion fiscal.
Las multas a terceros y funcionarios se determinaran conforme a las tablas y montos establecidos en el Codigo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las multas a terceros y funcionarios son un mecanismo de fiscalizacion indirecta. SDV destaca que las instituciones de credito, notarios y corredores tienen obligaciones de informacion ante el SAT cuyo incumplimiento genera multas propias. Los contribuyentes deben asegurarse de que sus contrapartes cumplan con estas obligaciones para evitar inconsistencias en la informacion del SAT.
Art. 76. Infracciones relacionadas con obligaciones fiscales
Reglamenta las infracciones y sanciones aplicables por incumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la clasificacion de infracciones, los criterios para la imposicion de multas y las circunstancias atenuantes y agravantes.
Art. 80. Reduccion y condonacion de multas
Reglamenta los procedimientos y requisitos para solicitar la reduccion o condonacion de multas fiscales, incluyendo los porcentajes de reduccion aplicables y las condiciones que debe cumplir el contribuyente para beneficiarse.
Art. 82. Procedimiento de imposicion de multas
Detalla el procedimiento que deben seguir las autoridades fiscales para imponer multas, incluyendo la fundamentacion, motivacion, el derecho de audiencia del infractor y los plazos para la resolucion.
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