El mando de un buque, División, Escuadra o Dependencia de la Armada debe estar reunido en una sola persona, sin posibilidad de división. Esta disposición asegura la cohesión y efectividad en la toma de decisiones.
Al mando de un buque, División, Escuadra o Dependencia de la Armada, sea en propiedad, interino o accidental, irá reunido el de armas, disciplina y económico, sin que en ningún caso pueda dividirse.
ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los mandos se mantengan unificados para evitar confusiones operativas. Los oficiales deben estar al tanto de esta disposición para garantizar un liderazgo claro.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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