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Artículo 914. Distribución del servicio en la mar

El servicio en la mar se organiza en varias guardias, comenzando por el Maquinista de cargo. Esto asegura una supervisión adecuada y un manejo eficiente de las máquinas.

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Texto Legal

El servicio en la mar se distribuirá en varias guardias, tomando parte en ellas el Maquinista de cargo cuando las circunstancias lo exijan y lo disponga el Comandante, comenzando por el orden de antiguo a moderno, según el principio establecido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La organización de las guardias es esencial para el funcionamiento continuo del buque. Asegúrese de que todos los maquinistas estén familiarizados con el horario y las responsabilidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 914 del 218?

El servicio en la mar se organiza en varias guardias, comenzando por el Maquinista de cargo. Esto asegura una supervisión adecuada y un manejo eficiente de las máquinas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 914 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La organización de las guardias es esencial para el funcionamiento continuo del buque. Asegúrese de que todos los maquinistas estén familiarizados con el horario y las responsabilidades.

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