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Artículo 857. Control de herramientas de máquinas

El maquinista es responsable de las herramientas de máquinas, llevando un registro de las que recibe y consume. Debe presentar cuentas al Oficial de equipo con la documentación necesaria para el reemplazo.

herramientasregistrooficial de equipo

Texto Legal

Se encargará de las herramientas de máquinas existentes y llevará cuentas de ellas, así como de las que se reciban, consuman y excluyan. Estas cuentas las presentará oportunamente bajo

ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

su firma al Oficial de equipo, acompañadas del libro respectivo y de los pedidos que sean necesarios para el reemplazo de lo consumido o excluido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener un registro preciso de las herramientas es esencial para la gestión eficiente del equipo. Esto también ayuda a prevenir pérdidas y a justificar gastos en caso de auditorías.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 857 del 218?

El maquinista es responsable de las herramientas de máquinas, llevando un registro de las que recibe y consume. Debe presentar cuentas al Oficial de equipo con la documentación necesaria para el reemplazo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 857 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Mantener un registro preciso de las herramientas es esencial para la gestión eficiente del equipo. Esto también ayuda a prevenir pérdidas y a justificar gastos en caso de auditorías.

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