En caso de enfermedades graves, los médicos del buque deben consultar entre sí, respetando jerarquías. Esta colaboración es clave para ofrecer el mejor tratamiento posible a los enfermos.
En toda enfermedad, herida o contusión grave, consultarán entre sí los Médicos del buque, donde haya varios facultativos, guardándose las consideraciones debidas y sin prescindir en ningún caso del respeto que deban guardar los inferiores al superior; quedando siempre libre cada cual de seguir las indicaciones que conceptúe más convenientes con los enfermos que tenga a su cargo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Fomentar la colaboración entre médicos puede mejorar la calidad de atención y asegurar que se tomen decisiones informadas en el tratamiento de pacientes.
Anterior
Art. 835. Relación de muertos y heridos
Siguiente
Art. 837. Nombramiento de médicos en hospitales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo